Momentos musicales patra describir a lo que estamos llegando: http://www.youtube.com/watch?v=dKhXfIKTqsM
Que tiemblen los ciudadanos que se atrevan a producir energía solar desde sus casas. Una enmienda del PP que hoy será aprobada permitirá a los inspectores acceder a los domicilios particulares sin orden judicial para revisar la legalidad de estas instalaciones. Esta medida, junto a los peajes de respaldo y a las multas de hasta 60 millones de euros, fulmina definitivamente el esperanzador fenómeno del autoconsumo en España.
La guerra declarada del Gobierno al autoconsumo parece no tener freno. La reforma energética establece un peaje tan alto por producir electricidad desde las viviendas que a pocos ciudadanos les será mínimamente rentable hacerlo.
Pero si a pesar de todo se atrevieran a ello, una enmienda escondida entre las 57 que ha presentado el PP a su Proyecto de Ley del Sector Eléctrico da la puntilla definitiva a ese fenómeno renovable que triunfa en Europa y que obliga a las compañías eléctricas a asumir la electricidad producida desde las viviendas y descontar después su valor del recibo mediante una liquidación.
La enmienda número 475 habilitará al Ministerio de Industria y Energía para enviar a los domicilios privados a inspectores para que revisen que las instalaciones de autoconsumo(esencialmente paneles solares fotovoltaicos) están debidamente registradas y se adecuan a la normativa vigente.
Así reza en la redacción de la enmienda: “El personal habilitado a tal fin tendrá las siguientes facultades de inspección: a) Acceder a cualquier local, instalación, terreno y medio de transporte de las empresas, asociaciones de empresas y personas físicas que desempeñen alguna actividad de las previstas en esta ley, así como al domicilio particular de los empresarios, administradores y otros miembros del personal de las empresas”.
Este particular “allanamiento de morada” sólo requerirá una autorización administrativa, según se desprende de la enmienda, aunque, eso sí, deja la puerta abierta a solicitar “previo consentimiento expreso del afectado o, en su defecto, la correspondiente autorización judicial”…TEXTO COMPLETO
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