Hoy hablamos sobre la decisión del Tribunal Supremo respecto al pago de actos jurídicos documentados en las hipotecas y el escándalo que ha suscitado. También analizamos los posibles efectos del decreto del Gobierno para que sean los bancos quienes asuman el coste, en lugar de los consumidores. Posteriormente, tratamos las dificultades para acceder a la vivienda a un precio asequible o razonable, tanto en compra como en alquiler, y sin alejarse excesivamente de los centros urbanos. Por último, hablamos sobre las restricciones al tráfico privado en el centro de las ciudades y si es una moda pasajera o una tendencia que ha llegado para quedarse. Carlos García, José Basauri y Juan Carlos Cabrero. Conduce Juan Carlos Barba.
Fotografía de Images Money
La Ley de Dalton(microeconomica) establece la irrelevancia de la determinación legal del pagador nominal de un impuesto.Lo importante es la distribución de las elasticidades -precio de la oferta y la demanda,cuando la elasticidad de la oferta es baja,y no cae apenas la cantidad de producto por la baja del precio(porque la estructura del mercado impone una fuerte competencia entre ofertantes),y la elasticidad de la demanda alta,de modo que pequeñas subidas de precio causan fuertes desplomes de la demanda(porque el consumidor tiene muchas alternativas competitivas),entonces cualquier impuesto no será repercutido por la empresa al consumidor dentro del precio,asumirá una subida de costes y una baja de márgenes, de modo que el pagador real será la empresa.
Pero si la elasticidad de oferta es alta y la de demanda baja,porque la estructura de mercado favorece el oligopolio y la colusion de ofertantes contra el consumidor,de modo que éste persiste en sus decisiones de compra por mucho que suba el precio,entonces la empresa si repercutira el precio y el pagador real sera el consumidor.En el caso del mercado hipotecario español,la estructura de mercado y las barreras politicas de entrada a la competencia de capital exterior determinan que el banco puede repercutir el impuesto como parte del precio de la hipoteca. Y por la fuerte presión disciplinante de la competencia por atraer inversores en el mercado desregulado global de capitales, en una economía abierta altamente financiarizada(de modo que la disminucion de beneficios y dividendos, al bajar el precio de las acciones estimularia la fuga de inversores hacia rentaviludades mayores,disminuyendo la capitalizacion y bajando la solvencia),pues entonces el nanco no solo puede sino que debe repwrcutir el impuesto en el precio.Las reglas constitutivas de la economia del mercado imponen cierto curso de acciones sin margen alguno para las decisiones arbitrarias de los agentes,cuya mayor o menor moralidad son irrelevantes asi como espuria la idea de una posible cirrecion politica de la malignidad voluntaria de los gestores empresariales.
Es tipica de la politica de relumbron,gestos retoricos y postureos del Gobierno actual la tomadura de pelo de prometer “vigilancia” contra los bancos,para disuadirles de cargar al consumidor el inpyesto,enmascarado en el precio,cosa que no es posible sin violar la libertad basica empresarial de fijacion de precios y persecución de sus intereses tal como crea ser más conveniente.Una ministra dijo que el Gobierno no nacionalizaria la empresa electrointensiva ALCOA,para salvar el empleo,porque no estamos en un sistema comunista.Pues por eso no puede planificar precios ni imponerles topes,aquí se ve bien a las claras cuáles son los targets electorales. A la clase media hipotecada si se le dedican improbos esfuerzos de propaganda,disimulo y engaño,pero a la clase obrera industrial,que la zurzan.abiertamente,ni siquiera ya se molestan en contarles trolas narcoticas.Pues sin una potente politica industrial, y con una economia de servicios alimentada por deuda externa, merced a la benevolencia del BCE,pues estamos aviados.
En resumen,lo mismo da que el cliente pague en un acto especial separado el impuesto,directamente al Estado, o lo haga indirectamente a traves del banco,dentro del precio hipotecario. Si el impuesto es 10 y el precio 100,y el pagador nominal es el cliente,éste ve un precio de compra de 110,mientras que para el banco el precio de venta es 100,si esos son los precios de equilibrio relevantes para ajustar las decisiones reciprocas de compra y venta,y si no cambian las condiciones de mercado, seguirán invariantes en caso de que el pagador nominal pase a ser el banco:su precio de venta seguirá siendo 100 y el precio de compra para el cliente de 110 sólo si el precio sube ahora en la misma magnitud del impuesto.Lo mismo pasa con las facturas que desglosan el IVA en supermercados,lo mismo da que se interpreten como que el cliente paga el impuesto o que la empresa le anuncia el impuesto que tiene que pagar ella.No veo que nadie se revele contra el IVA y exiga que sea la empresa el pagador para que no les roben.Por otro lado,como por la Ley de Dalton,al ser indiferente quien sea el pagador nominal,si se hubiera cambiado hace tiempo,el cliente no habria tenido ninguna mejoria,por tanto no sufrio ningun daño al no haber cambio,no quedo privado de una pitencial mehorua inexistente.Entonces,no habiendo daño,no se justifica ningun castigo compensador,como imponer al banco un pago retroactivo del impuesto como pide Podemos, ya que eso impediría al banco protegerse de las pérdidas al no poder subir, también retroactivamente,los precios de las hipotecas pasadas.Eso implicaria un trato discriminatorio que viola la proteccion legal igualitaria de los derechos de agentes formalmente iguales.No cabe esperar de ningún tribunal decisiones contrarias a la autonomía privada de los agentes,principios básicos del Derecho Privado Mercantil.
Finalmente quisiera lamentar la ausencia en los programas de los tertulianos José Luis y Yago,me parece que su sana pluralidad ideológica queda así severamente mutilada.Y más teniendo en cuenta sus veraces y contundentes críticas,al nacionalcatalanismo, el mayor delirio político de nuestro tiempo. No quiero incurrir en la malicia de suponer que ésa es la verdadera razón de su ausencia, dada la simpatía por ERC manifestada por el director del programa. Seguramente son injustas tales sospechas, pero no es cuestión de justicia el hecho objetivo de que sólo el retorno a los programas de tales tertulianos disiparia por completo cualquier duda al respecto.