La verdad es que hasta el día de hoy no me había fijado en el tema, pero al verlo me ha dejado bastante sorprendido. De la mano de la última reforma tributaria aprobada por el gobierno y que ha entrado en vigor este enero de 2015 tenemos una curiosa e interesante modificación del artículo 21 del Impuesto de Sociedades.
Se introduce una modificación que beneficia de forma muy clara sobre el tratamiento fiscal que tiene los dividendos y las ganancias de capital derivadas de la tenencia de participaciones. Quedando exentas de tributar todas aquellas plusvalías generadas por venta de compañías o cobro de dividendos en participadas en las que se tenga una participación mínima del 5% o el valor de adquisición de la participación sea superior a €20 millones, si la participación se ha poseído durante más de un año. Hasta ahora la plusvalía obtenida en la inversión en empresas nacionales tributaba al 30% como cualquier otra renta (tributación que sólo se podía limitar al 18% si se reinvertían los fondos obtenidos en determinadas participaciones y activos)…