Tributos dio esta contestación el pasado 31 de julio. El que con la amnistía fiscal aflorara un fondo de inversión en el extranjero podrá recolocarlo en otro en España sin pagar a Hacienda, siempre que sea en otro vehículo de inversión colectiva registrado en la CNMV.
El que tenga fondos de inversión en el extranjero y los haya aflorado mediante la amnistía fiscal podrá traerlos a España sin tributar, siempre que sea en otros vehículos registrados en la CNMV. Así consta en una nota de Inverco a sus asociados,
Los fondos de inversión registrados España permiten el traspaso de cartera entre ellos sin tributar, tal como ocurre con los planes de pensión. Pero ¿qué ocurría con quien tenía participaciones de un vehículo en (por ejemplo) Irlanda, que no estaba registrado en España?
Una vez acogido a la amnistía, se le permitía al titular mantener esa inversión donde estaba, ya que su historial fiscal ya estaba recogido. Pero si deseaba traerla, como está ocurriendo con muchos inversores después de que se entrara en vigor laexigente obligatoriedad de declarar los bienes en el extranjero, en teoría debería vender ese fondo para traer el dinero a España, pasando por Hacienda de manera irremediable….TEXTO COMPLETO
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