El juzgado de instrucción de Madrid ha decidido abrir diligencias penales contra todos los miembros de la conocida como Comisión Sinde por un cargo cuya pena puede subir a los diez años de inhabilitación.
Hace unos meses, un juzgado de instrucción Madrid concluyó que el administrador de una página de enlaces no era infractor de propiedad intelectual, considerando que enlazar sin almacenar no es “comunicar publicamente”. El mismo día, la comisión Sinde había irrumpido en el proceso judicial para declarar exáctamente lo contrario -que enlazar era comunicar públicamente- a pesar de la resolución del juez.
Según su abogado, el activista especializado en Propiedad Intelectual y columnista de esta casa David Bravo, la comisión podría haber cometido tres irregularidades: no respetar el principio de prejudicialidad penal, diseñado precisamente para evitar resoluciónes contradictorias; arbitrariedad a la hora de dictar las resoluciones (puesto que la misma comisión declaró una cosa y la contraria en casos idénticos, con pocos meses de diferencia) y, por último, una falta de coherencia en su propio proceder al preguntar al juzgado si existe prejudicialidad penal y dictar resolución sin esperar respuesta, demostrando que el proceso era una simple formalidad estética….TEXTO COMPLETO